ESTRUCTURA DE LA COLUSION ENTRE EL PODER EJECUTIVO Y EL PODER JUDICIAL PARA EL TEMA DE DO. HH. Y LA CONDENA A MILITARES

A.   INTRODUCCION

  1. Aproximadamente a principios del año 2000 comenzó a estructurarse un sistema entre el poder ejecutivo y el poder judicial para mantener el tema de DDHH en el tiempo y condenar militares.
  2. . Este sistema se crea a partir de querellas iniciales del P.C de la época (Gladys Marín), en contra del general Augusto Pinochet Ugarte por asuntos de DD. HH, cuando este último fue detenido en Gran Bretaña el año 1998,y Gran Bretaña pedía iniciar procesos de DD.HH. en Chile para liberarlo.
  3. . Es por eso que la gran mayoría de las causas corresponden al rol 2182- 98 y formado por diferentes e innumerables “episodios” .
  4. Para los efectos de causas de DO. HH se decidió sustanciarlas con el sistema judicial antiguo en que el juez de primera instancia investiga, procesa y condena. En ese sistema las pruebas no tienen la importancia de valor que si tienen en el sistema actual.
  5. . No se respeta la ley de amnistía, solo en algunos casos se ha aplicado la prescripción en una forma que llaman media prescripción a pesar que los hechos investigados ocurrieron hace 30 años o más.
  6. Se aplican en la gran mayoría de los casos un concepto llamado “presunciones fundadas”, así mismo, una ficción jurídica llamada “secuestro permanente”.
  7. Además, se aplican elementos de “lesa humanidad” producto de la Convención de Roma y suscritas por Chile recién el año 2009.
  8. Finalmente, gran parte de esta estructura esta creada por Decretos Supremos del Gobierno de turno y “auto acordados” de la Corte Suprema, una parte menor y muy secundaria está basada en leyes de la Republica.

B.   ESTRUCTURA

El sistema está estructurado por los siguientes organismos:

  1. Oficina o programa de DD. HH del Ministerio del Interior.
  2. Brigada de DD-HH de la Policía de Investigaciones.
  3. Medios de comunicación masiva afines.
  4. ONGs y organizaciones de DO. HH
  5. Ministros en visita o “de fuero” designados por la Corte Suprema para diligencias en primera instancia en las causas de DD.HH.
  6. Cortes de Apelaciones del país que ven las causas de DD. HH en segunda instancia.
  7. 2da Sala de la Corte Suprema que resuelve los recursos de casación y
    resuelve la causa en forma definitiva.

C.   RELACIONES ENTRE LOS ORGANISMOS Y METODOLOGÍA

  1. OFICINA O PROGRAMA DE DD.HH. DEL MINISTERIO DEL INTERIOR

a. Tiene su sede en el Ministerio del Interior, creada durante el primer gobierno de Michelle Bache!et, quien la entrega al gobierno de Sebastián Piñera ya constituida con alrededor de 8 personas.

b. Durante el gobierno de Sebastián Piñera y bajo la dirección del ministro Hinzpeter, del ministro Chadwick y fundamentalmente del subsecretario Ubilla este programa crece, alcanzando alrededor de 40 personas.

c. Si se investigan los nombres de los diez más altos puestos de esta oficina, a lo menos cuatro de ellos tienen apellidos relacionados con detenidos desaparecidos.

d. Esta oficina equipada con sistemas informáticos de última generación tiene toda la información entregada por las instituciones de la Defensa; Listas de Revista de Comisario {LRC}, Hojas de Antecedentes Oficiales (HAO), Tarjeta de Antecedentes Personales {TAP), Hojas de Vida, e información de todas las causas sustanciadas en la Justicia Militar y en la Justicia Criminal,todas las situaciones de DD.HH. que se pueden transformar en procesos, además del permanente contacto con los abogados querellantes, Ministros de Fuero y Brigada de DD.HH. de la PDI.

e. Esta oficina selecciona la situación de DD.HH. que se pueda transformar en proceso y que pueda afectar fundamentalmente a Oficiales que hayan llegado a los grados más altos como general o coronel,y que además posean algún grado de conocimiento en la opinión publica tanto nacional como regional. También eligen causas en que las “supuestas víctimas” sean mujeres, jóvenes “idealistas” o personas reconocidas por la opinión pública nacional o regional.

f. Después de elegir el caso, reúnen en su sistema, mediante cruzamiento de la información digita l que poseen, los principales antecedentes con que cuentan y se los entregan a la brigada de DD.HH. de la POI, solicitando al Ministro en Visita que corresponda la apertura de un proceso.

g. Posteriormente, esta oficina conduce los tiempos del proceso y participa activamente en el desarrollo de él, solicitando diligencias, sugiriendo resoluciones, es decir, presionando al Ministro en Vísita, o quizás, actuando de común acuerdo; y apelando a cuanta prueba, solicitud o diligencia solicite el demandado.

2. BRIGADA DE DD.HH. DE LA PDI

a. Este organismo tiene su base principa l en Santiago (Providencia},y además está representada en cada región del país.

b. Esta brigada es la que arma el proceso a través de los que ellos llaman “declaraciones o diligencias policiales voluntarias y extrajudiciales”.

c. Arma el proceso a través de ese sistema con fecha, lugar, implicados, testigos, hechos, unidades responsables, víctimas, etc.

d. Recibe, a través de sugerencias, requerimientos oficiales del Ministro en Visita, pero también existe un contacto informal permanente con la oficina de 00.HH. del Ministerio del Interior.

e. Tienen acceso a sistemas informáticos de ubicación de personas y,
además, bases de datos de testigos para las causas que arman.

f. Bases de datos de testigos, entre otras; del Estadio Chile, Estadio Nacional, Villa Grimaldi, Londres 38, Tres Álamos, cuatro Álamos Tejas Verdes, a llanamientos, Unidades de las FF. AA en Santiago y regiones, Caravana, etc.

g. Es asC como indiscriminadamente hay personas acusadas de haber estado en un determinado lugar sin haber estado y la palabra del testigo (habitualmente falso y remunerado) es prueba irrefutable.

h. Esta Brigada, luego de armar la base del proceso, continúa trabajando con el Ministro en Visita y con la oficina del Ministerio del Interior durante las diligencias que ahora se llaman “judiciales” .

i. Esto ocurre en cada región del país, en la Región Metropolitana la agrupación está constituida por más de 80 personas, y en regiones alcanza entre 5 y 15 personas por Región. Todos con dedicación exclusiva a este tema, con acceso informático de última generación y acceso a todos los documentos entregados por las instituciones.

j. Además del trabajo oficia l, esta brigada participa entregando información de sus “procesos extrajudiciales” a medios de comunicación afines y ONGs para que sean difundidos, produciéndose de esta manera la condena pública del afectado.

k. Esta Brigada no reporta a la jefatura de la PDI, el Director General de la PDI no sabe lo que hace ni cómo, además utiliza el programa Phantom (su adquisición por la POI apareció en la prensa por US$ 2,85 millones) creado para persecución informática, prohibido en Europa por atentar contra los derechos de privacidad de las personas. El país está gastando grandes sumas de los fondos fiscales en equipar, mantener y hacer operar esta Brigada.

MEDIOS DE COMUNICACIÓN AFINES

Tanto la brigada de DD.HH. de la POI como la oficina de DD.HH. del Ministerio del Interior e incluso el propio Tribunal una vez iniciado el proceso, filtran información a los medios de comunicación . Estos medios son entre otros:

a. Medios digitales y escritos, tales como El Mostrador, The Clinic, Cambio 21, La Nación, Ciper, El rebelde, etc. etc.

b. Medios de Televisión, tales como La Red, TVN, Chile visión, y CNN, en menor contenido canal 13, y Mega visión.

c. En estos medios existen periodistas con dedicación casi exclusiva para estos temas, como es el caso de Rodrigo Cid en TVN.

d. En estos reportajes participan reconocidos extremistas como Andrés Pascal Allende o Buschman, abogados de DD.HH. como Caucoto, Cristian Cruz, Gutiérrez, Contreras, entre otros, y “testigos” además de los ya mencionados correspondientes a las bases de datos, según el caso.

e. Medios sociales de comunicación como Facebook, Twitter e lnstagram.

f. También cuentan con un equipo pagado de comentaristas de las informaciones entregadas a reportajes, a través de esta acción el objetivo es condenar comunicacionalmente a los militares afectados.

4.        ONGs Y ORGANIZACION DE DD.HH.

a. Junto con iniciar el proceso la oficina del Ministerio del Interior, la Brigada de DD. HH de la PDI,y también los tribunales entregan la información a las agrupaciones de DD. HH (ejecutados, desaparecidos, etc.) y ONGs como Human Rights Watch, Instituto de derechos humanos (nacional), Universidad Diego Portales, etc.

b. Con esta información estas personas asisten a tribunales, dan entrevistas, los ingresan a sus estadísticas, etc.

5.       MINISTROS EN VISITA

a. Son designados por la Corte Suprema conforme a un “auto acordado”; substancian las causas de DD.HH. en primera instancia.

b. Son ministros seleccionados de las Cortes de Apelaciones de Regiones y de la Región Metropolitana . Tienen dedicación exclusiva y cada uno tiene a su cargo un grupo de detectives de la Brigada de 00.HH. de la POI. En la RM, alrededor de 80 funcionarios y en regiones entre 8 a 15 funcionarios.

c. Estos ministros, además tienen un grupo de actuarios y administrativos también con dedicación exclusiva y que son los que mayoritariamente toman contacto con los militares, los que redactan las resoluciones, los que redactan las ordenes de investigación etc.etc.

d. El Ministro en Visita no tiene contacto con los militares afectados más allá de la dec laración indagatoria y Algunos careos.

e. Los ministros reciben informes policiales desde la POI – lo que es la base para avanzar en el proceso – con lo que ellos llaman diligencias policiales voluntarias o “extrajudiciales”, normalmente requeridas por los ministros (o los actuarios) bajo la presión y constante sugerencias de la oficina del Ministerio del Interior .

f. El Ministro en Visita y su equipo de actuarios y administrativos “Judicializa” el proceso llamando a ratificar o modificar las diligencias de la PDI y le agrega los términos judiciales como, artículos legales, lesa humanidad, homicidio calificado, secuestro permanente, etc.

g. En definitiva, resuelve procesar a militares, en la mayoría de los casos con “probanzas” que ellos transforman en “PRESUNCIONES FUNDADAS”

h. Procesan y detienen a los Militares afectados, hasta que estos consiguen su libertad bajo fianza normalmente con consulta a la Corte, después de en algunos casos, hasta 8 meses.

i. El proceso, continúa en la fase de “sumario” y se cierra con la “acusación”.

j. Sigue con la etapa que llaman “PLENARIO”. Después condenan en primera instancia, todo esto en permanente contacto y apoyo de la oficina del Ministerio del Interior, Brigada de DD.HH. de la PDI,e incluso de medios comunicacionales afines.

k. Las resoluciones de condenar y/o absolución siempre son apeladas por cualquiera de las dos partes a la Corte de Apelaciones respectiva .

6. CORTES DE APELACIONES

a. Las Cortes de Apelaciones del país, una por región y dos en la RM (Santiago y San Miguel) ven las causas de 00.HH. en segunda instancia en alguna sala conformada por tres Ministros Uueces).

b. Se desarrollan alegatos al igual que en la primera instancia con un abogado defensor y dos o tres aboga dos querellantes. La gran mayoría de las veces el defensor solo y los querellantes con entre 10 a 20 personas de apoyo. Las Cortes de apelaciones también reciben la presión de la oficina del Ministerio del Interior.

c. Finalmente, la sala de la Corte de Apelaciones respectiva resuelve el caso manteniendo y/o subiendo las condenas. Muy pocas veces rebajándolas.

7. CORTE  SUPREMA

a. En la Corte Suprema las causas de DD.HH. los ve solo la segunda Sala formada por cinco ministros. Durante todo el tiempo que esta estructura ha funcionado “casualmente”, la Sala ha estado conforma do por a lo menos tres ministros que por razones ideológicas o personales, han votado siempre en contra de militares.

b. Los únicos jueces que recuerdo que hayan votado a favor de militares han sido el señor Ballesteros y el Sr. Segura. Otros Ministros que normalmente han aplicado la media prescripción han sido los ministros Fuentes y Dolmestch.

c. Finalmente, la segunda sala de la Corte Suprema resuelve el caso manteniendo o subiendo la pena y muy pocas veces rebajándola.

d. Además, y algo que tiene mucha importancia para esta estructura es que la Corte Suprema agrega indemnizaciones millonarias para los familiares de las “supuestas víctimas”, las indemnizaciones oscilan entre $100 MM hasta los $1.500 MM.

e. De ese dinero, probablemente una parte es entregada a los familiares y el resto se reparte en toda la estructura, normalmente a través de los abogados querellantes. Durante esta fase, la Sala de la Corte Suprema mantiene el apoyo de todos los organismos, y especialmente de los medios de comunicación afines.

D. CONCLUSIONES

  1. Esta estructura es lo que he llamado “Industria de DD.HH” produce grandes beneficios monetarios y políticos; hay una gran cantidad de personas viviendo de este tema, recibiendo indemnizaciones, becas, reparaciones, trabajo y votos. Produce ingreso a muchas personas, entre ellos abogados, parientes de “victimas”, etc.
  2. Se demoraron en estructurarla, pero ya lleva más de 10 años funcionando en forma casi perfecta.
  3. Termina en condena a Militares y en dinero para toda la estructura.
  4. Los procesos se iniciaron con:

a. La DINA, CNI, DINE, y COMANDO CONJUNTO; prácticamente están todos condenados y todavía siguen con algunos rezagados.

b. Continuó con Unidades Militares tales como; Escuela de Ingenieros, Regimiento Ferrocarrileros de Puente Alto, Escuela de Suboficiales (ya condenados) .

c. Hoy continua con Regimiento Aconcagua (Quillota), Escuela de Caballería (Quillota), Comando de Aviación, Regimiento Calama, Regimiento Atacama (Copiapó), Regimiento Arica (La Serena), Regimiento Yungay (San Felipe), Escuela de Infantería (San Bernardo), Regimiento Buin, Regimiento Chillan, Regimiento Húsares (Angol), Regimiento Tucapel {Temuco), por ahora .

d. También se han creado procesos para casos personales emblemáticos como Cristian Labbe, Jaime García, Ministros del Gobierno Militar, o Carlos Oviedo hermano del actual CJ E, Orlando Carter yerno del general Manuel Contreras, CRL José Antonio Quinteros Masdeu, ex Director de la Escuela Militar y los últimos, General de División Patricio Chacón Guerrero ex Jefe del Estado Mayor general del Ejército, Juan Emilio Cheyre Espinosa ex Comandante en Jefe del Ejército y Mario Emilio Larenas Carmona ex director de la Escuela Militar.

5. Esta estructura amerita la necesidad de hacer un estudio que defina su legalidad y su legitimidad. Aparentemente es ilegal (asociación ilícita) por la presión que ejerce el poder ejecutivo (oficina del Ministerio del Interior y Brigada de DD.HH. de la POI) sobre el poder judicial (Ministros en Visita, Corte de apelaciones, y Corte Suprema) porque la composición de esta estructura no es institucional ni menos constitucional.

  1. La estructura crea procesos en un ambiente de venganza y persecución tolerado por autoridades políticas (de la A a la Z), autoridades judiciales y autoridades Militares.
  2. Los Jueces dictaminan fundamentalmente basados en testimonios de testigos de dudosa procedencia y verosimilitud .
  3. A través de estos procesos se está produciendo un grave daño a la profesión Militar, no dimensionado aún. El importante concepto
    profesional del “DEBER MILITAR11
  4. En efecto, los mandos superiores de la época (divisiones y regimientos) han traspasado la responsabilidad de las acciones de esa época a los mandos subalternos (capitanes y tenientes) desconociendo haber dado órdenes, vulnerando otros cuatro conceptos fundamentales de la profesión militar como son la Jerarquía, la disciplina, la transmisión de órdenes y la obediencia debida; más aún en Estados de excepción constitucionales.
  5. Estamos en presencia de una “industria inhumana”, que marcha coordinadamente entre los organismos descritos, y en la dirección totalmente opuesta a lo que señalan todos los políticos; 11su preocupación por Jos derechos humanos”. Es una vergüenza para el Estado y una mancha vergonzosa para un poder judicial prevaricador.

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